La detención preventiva ¿regla excepcional en el municipio de Rionegro en el año 2020?
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Date
2022-05-18
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Abstract
Las medidas de aseguramiento privativas de la libertad en el sistema penal colombiano deben cumplir con una regla excepcional, esto es, su aplicación es la excepción al principio de la libertad. Por esta razón, al momento de decretar e imponer la detención preventiva, el juez en función de control de garantías debe hacerlo de acuerdo a unos criterios objetivos que señala el artículo 308 de la ley 906 de 2004 (Código de Procedimiento Penal), buscando siempre que su aplicación sea precisa y fundamentada. Con lo anterior, este artículo ilustra acerca de la materialización de esta regla de excepcionalidad de las medidas de aseguramiento privativas de la libertad en Rionegro en el año 2020, examinando bajo que parámetros se deben aplicar, qué lineamientos se sigue en esta etapa temprana del proceso penal y, según los fines constitucionales perseguidos por la imposición de estas, identificar sí se está cumpliendo con el principio de excepción, buscando que se ajusten a su objetivo principal y que sean necesarias y proporcionales en cada caso concreto, dando una mirada diferente al enfoque restrictivo de la libertad.
Description
Keywords
Libertad, Regla excepcional, Sistema penal acusatorio, Detención preventiva, Debido proceso