Garantías procesales en las demandas laborales de única instancia que por el trámite no cuentan con recurso de apelación
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2020-07-09
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Quienes acceden a la justicia laboral colombiana, deben tener en cuenta que al momento de interponer una demanda es necesario establecer el monto de lo que se pretende, ello con el fin de fijar la competencia del juez, en razón a la cuantía; para ello es importante establecer, que los procesos que no superan los 20 smmlv, deberán ser tramitados en única instancia. El problema se presenta cuando al momento del fallo, el operador judicial habiendo impartido el trámite como un proceso ordinario laboral de única instancia, sorprende a la parte demandada con una condena que supera los 20 smmlv, situación que podría vulnerar garantías procesales ya que impide a la parte vencida, recurrir el fallo. La investigación pretende conocer si se generan vulneraciones a las garantías procesales en las demandas laborales que inician en única instancia y por circunstancias como el paso del tiempo, sanciones moratorias, o derechos patrimoniales que otorga el juez, varían a primera instancia, pero son fallados sin posibilidad de presentar recursos. En el desarrollo de esta investigación se evidenciaron diversas posturas, pero se pudo concluir que los procesos de única instancia en materia laboral no vulneran per se garantías procesales, sin embargo se identificaron casos puntuales en los que se afectan directamente derechos como al debido proceso, la igualdad y la doble instancia, por la modificación de la cuantía, sin que exista la posibilidad de presentar recurso de apelación.
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Keywords
Única instancia, Menor cuantía, Garantías procesales, Debido proceso, Doble instancia