Tributación de las rentas de capital en los convenios de doble imposición suscritos por Colombia.

Abstract

Colombia en el transcurso de los años ha venido fortaleciendo las relaciones con diferentes Países, una de ellas en materia tributaria con la celebración de los convenios de doble imposición, compuestos por una serie de reglamentaciones jurídicas por parte de las organizaciones internacionales como lo son: La OCDE (Organización Para La Cooperación y El Desarrollo Económico), La ONU (Organización De Las Naciones Unidas) y La CAN (Comunidad Andina). Estos convenios se realizan con el fin de distribuir la potestad tributaria y así evitar el fenómeno de doble imposición generado tanto en personas naturales como personas jurídicas que buscan la obtención de una renta, la cual se entiende como todo ingreso que percibe sea una persona natural o jurídica producto de la materialización de una actividad generadora de renta, ejecutada en un territorio y en un periodo de tiempo, cuyo efecto es el aumento patrimonial del individuo; Cada País contiene una legislación tributaria en la que determinan que rentas son consideradas como un ingreso de fuente nacional y cuáles no lo son, para el caso de Colombia, el decreto 624 de 1989 en el artículo 24, determina cuales son las rentas que son consideradas como ingresos de fuente nacional y el articulo 25 estipula cuales no se consideran como un ingreso de fuente nacional. Tributación de las rentas de capital en los convenios de doble imposición suscritos por Colombia. 3 Por lo tanto, es de vital importancia la formulación de convenios de doble imposición por parte de los países, con el fin de ofrecer buenas garantías tributarias y generar un escenario fiscal atractivo para que el capital sea invertido y no sea fugado a otras localidades. El presente artículo contempla un análisis comparativo de los 15 convenios de doble imposición suscritos por Colombia enfocándose en las rentas de capital que determina la ley nacional.

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Keywords

Rentas de capital, Convenios de doble imposición, Tributación, Principio de la fuente, Principio de residencia

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